| diariolibre.com 26 de julio del 2010 |
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La indexación es un mecanismo por medio del cual se ajustan valores, los que pueden referirse a precios de bienes o servicios, salarios, deudas, impuestos o a cualquier otra magnitud.
La característica principal de la indexación es que no es impredecible, pues está relacionada de antemano con alguna cosa que sirve de "índice", en base al cual se calcula el monto del ajuste.
Y es automática, pues se suele definir que será aplicada cada cierto tiempo.
Muchas cosas pueden servir de índice. Se usa con frecuencia el valor de la moneda nacional respecto de otra, como por ejemplo el dólar, pero también se utiliza la tasa de inflación o el precio de algún producto estratégico como el petróleo.
La ventaja de la indexación respecto de otras formas de ajuste es que no depende de una decisión antojadiza de alguna autoridad o dependencia administrativa, lo que hace que todo el que está involucrado sepa a qué atenerse. En ese sentido, para que funcione correctamente, la indexación no debe ser optativa, pues se convertiría en arbitraria, y tampoco debe ser acumulativa, ya que en ese caso pasa a ser un ajuste común y corriente.
Varios países, entre ellos Chile, aplican indexaciones generales que afectan los precios, los salarios, los intereses, las deudas y demás valores en la economía. Es un medio de evitar que la inflación afecte más a unos que a otros.
En la República Dominicana, varias leyes incluyen disposiciones para indexar impuestos y multas a favor del Estado. Es un privilegio que el Estado se dio a sí mismo y que la población en general no tiene, pues aquí los sueldos, las pensiones y los intereses no están indexados, lo que implica que los ingresos de quienes pagan esos impuestos no se ajustan también.
Pero aparte de ser un privilegio, su aplicación discrecional, sólo cuando el Estado considera que le conviene, hace que deje de ser una verdadera indexación.
gvolmar@diariolibre.com
De Gustavo Volmar
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