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Listin Diario 13 de marzo del 2009

La jurisdición inmobiliaria en la República Dominicana

SANTO DOMINGO.- Conocer las estructuras del aparato judicial brinda a los ciudadanos la posibilidad de manejarse mejor cuando tienen que comparecer o requerir los servicios de la justicia.

No se desenvuelve igual quien está informado sobre los procesos a realizar que  quien no. En este sentido, y continuando con las entregas sobre la organización que tiene el Poder Judicial en materia inmobiliaria, Economía & Negocios presenta una entrevista con Víctor Santana, juez de la Jurisdicción Original, quien detalla aspectos sobre la Jurisdicción Inmobiliaria, organismo judicial encargado de velar por la garantías de los inmuebles en el país.

Santana, basado en su experiencia de más de una década en el ejercicio del derecho, declara que la entrada en vigor de la Ley 108-05 renovó la Jurisdicción Inmobiliaria y la dotó de las herramientas para hacer una mejor labor.

¿Qué es la Jurisdicción Inmobiliaria?
Es una entidad del Poder Judicial que tiene como objetivo conocer y garantizar todo lo relativo a los derechos inmobiliarios y su registro en el país, desde que se hace la solicitud para la   autorización de la mesura hasta que vida jurídica tenga el inmueble, de acuerdo como lo establece la 108-05.

¿Cómo está constituida?
Está formada por tres órganos: el Tribunal Superior de Tierras y el de Jurisdicción Original. La Dirección Nacional de Registros de Títulos,  y  por el último, la Dirección Nacional de Mesuras Catastrales.

¿Cómo están organizados cada uno?
En base a reglamentos individuales. El Poder Legislativo determinó que fuese así para que cada uno de los estamentos tuviesen funciones bien delimitadas y cada uno estuviese bien organizado.

¿Cómo están distribuidos los tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria en el país?
En la actualidad hay tres en distribuidos en las capital, la zona norte y este del país. Sin embargo, la ley que regula la jurisdicción establece que sean 5, pero por falta de presupuesto la Suprema Corte no ha podido abrir los que faltan.

¿Cuáles son las funciones de un juez de la Jurisdicción?
La Ley 108-05 da a los jueces de la Jurisdicción Original la capacidad para conocer, en primer grado, todos los conflictos y asuntos relacionados con la propiedad. En otras palabras, conocemos los asuntos administrativos y los controvertidos.

¿Cómo son seleccionados y cuántos hay?
Nos elige el pleno de la Suprema Corte de Justicia, quienes a su vez son elegidos por el Consejo Nacional.