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Hoy 11 de Agosto 2008

Alerta sobre  compra bienes por extranjeros en  el país

Los últimos acontecimientos registrados en el país, donde extranjeros habrían  adquirido propiedades millonarias con dinero fraudulento,  sin que las autoridades competentes se percataran de esas adquisiciones,  pone en evidencia que debemos prepararnos cada día más para prevenir estos delitos financieros en nuestro país, afirmó la Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y Crímenes Financieros (ALIFC).

La ALIPC hizo  un llamado a las autoridades nacionales para que fortalezcan los controles en transacciones inmobiliarias, con el fin de prevenir el lavado de dinero.

“En especial, se busca reforzar el control en el sector inmobiliario, ya que la compra de propiedades en efectivo es una transacción muy común a la hora de lavar  fondos provenientes de, por ejemplo, el narcotráfico”, explicó.

Indicó que las empresas que realicen actividades de promoción inmobiliaria, agencia, comisión o intermediación en la compraventa de inmuebles deben ser sometidos a las siguientes obligaciones: exigir, mediante la presentación de documento acreditativo, la identificación de sus clientes en el momento de entablar relaciones de negocio, así como de cuantas personas pretendan efectuar cualesquiera operaciones.

Asimismo, planteó que las agencias inmobiliarias y promotoras deben recabar  de sus clientes información a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial. Asimismo, adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información. Cuando existan indicios o certeza de que los clientes no actúan por cuenta propia, los sujetos obligados recabarán la información precisa a fin de conocer la identidad de las personas por cuenta de las cuales actúan.

La entidad abogó porque se reglamente el uso de la red financiera nacional para las adquisiciones inmobiliarias. En el caso de transferencias de fondos dentro del territorio nacional, la entidad de origen de la transferencia tendrá los datos de identificación del ordenante y, en su caso, de la persona por cuya cuenta aquella actúe, a disposición de la entidad de destino, a la que le serán facilitados de modo inmediato si lo solicita.

“Si se trata de transferencias internacionales, las entidades deberán incluir y, en su caso, mantener los datos de identificación del ordenante en la transferencia y en los mensajes relacionados con ella a través de la cadena de pago”, explicó.

La entidad explicó que no existe en la actualidad restricción alguna a la compra de parte de extranjeros de inmuebles en la República Dominicana. 

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Transacciones

Regulación

Las operaciones inmobiliarias en la República Dominicana son reguladas por la ley No. 108-05 de registro inmobiliario, de fecha 23 de marzo de 2005, modificada por la Ley no. 51-2007, estableciendo oficinas de los registros de los títulos en las distintas regiones del país, teniendo por misión  expedir los certificados de título.